Código Civil de Paraguay >>
LIBRO CUARTO
- DE LOS DERECHOS REALES O SOBRE LAS COSAS
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TITULO III
- DEL DERECHO DE PROPIEDAD
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CAPITULO II
- DE LA PROPIEDAD PRIVADA INMUEBLE
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SECCION III
- DE LA ADQUISICION POR ACCESION
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ARTICULO 1974 .-La accesión puede resultar de:
a) la formación de islas; b) aluvión; c) avulsión; d) abandono del álveo; y e) la edificación de obras y las plantaciones.
Ver articulos: 1971 - 1972 - 1973 - 1974 - 1975 - 1976 - 1977 -
Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf
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