Código Civil de Paraguay >>
LIBRO TERCERO
- DE LOS CONTRATOS Y DE OTRAS FUENTES DE OBLIGACIONES
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TITULO II
- DE LOS CONTRATOS EN PARTICULAR
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CAPITULO XXV
- DEL REASEGURO
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SECCION VI
- DE LA ACCION DE REGRESO POR FALTA DE PAGO DEL PROTESTO
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ARTICULO 1754 .- Si el portador ha perdido la acción cambiaria contra todos los obligados y no tiene contra los mismos la acción causal, puede accionar contra el librador que no haya hecho provisión o que de cualquier manera, se haya enriquecido injustamente en daño suyo.
Igual acción puede ejercer, también en las condiciones indicadas, contra los endosantes.
Ver articulos: 1751 - 1752 - 1753 - 1754 - 1755 - 1756 - 1757 -
Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf
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