Código Civil de Italia >>
LIBRO QUINTO
- DEL LAVORO
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TITOLO V
- DELLE SOCIETA’
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CAPO II
- Della società semplice
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SEZIONE I
- Disposizioni generali
>>
ARTICOLO 2252 .-Modificazioni del contratto sociale
Il contratto sociale può essere modificato soltanto con il consenso di tutti i soci, se non e convenuto diversamente.
Ver articulos: 2249 - 2250 - 2251 - 2252 - 2253 - 2254 - 2255 -
Artículo actualizado vigente de Republica de Italia
Fuente de información: Codice_Civile_Italia.pdf
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