Inicio >> Art.2538 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO SEXTO
- DISPOSICIONES COMUNES
>>
TITULO I
- Prescripción y caducidad
>>
CAPITULO 1
- Disposiciones comunes a la prescripción liberatoria y adquisitiva
>
SECCION 1ª
Normas generales
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 2538.-Pago espontáneo. El pago espontáneo de una obligación prescripta no es repetible.
Art.2538 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.2538
Ver articulos:
Art. 2535 [Renuncia]
Art. 2536 [Invocación de la prescripción]
Art. 2537 [Modificación de los plazos por ley posterior]
Art. 2538 [Pago espontáneo]
Art. 2539 [Efectos]
Art. 2540 [Alcance subjetivo]
Art. 2541 [Suspensión por interpelación fehaciente]
El articulo-2538, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario