Codigo Aduanero >>
SECCION IX
TRIBUTOS REGIDOS POR LA LEGISLACION ADUANERA
>>
TITULO I
ESPECIES DE TRIBUTOS
>>
Capítulo Tercero
- Derechos antidumping
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ARTICULO 700 .- – Los derechos antidumping y compensatorios no son aplicables a las importaciones que no revistieren carácter de operaciones comerciales.
Ver articulos: 697 - 698 - 699 - 700 - 701 - 702 - 703 -
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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