menu

Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3189

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO XIV - De la hipoteca >>

CAPITULO VII - De la extinción de las hipotecas >


ARTICULO 3189 .- El pago de la deuda hecho por un tercero subrogado a los derechos del acreedor, no extingue la hipoteca.
Ver Comentario de Velez del Art.3189

Ver articulos: 3186 - 3187 - 3188 - 3189 - 3190 - 3191 - 3192 -



El articulo-3189, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 0 (0 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario