Código Civil de Paraguay >>
LIBRO TERCERO
- DE LOS CONTRATOS Y DE OTRAS FUENTES DE OBLIGACIONES
>>
TITULO II
- DE LOS CONTRATOS EN PARTICULAR
>>
CAPITULO I
- DE LA COMPRAVENTA
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SECCION IV
- DE LAS OBLIGACIONES DEL COMPRADOR Y DEL VENDEDOR
>>
ARTICULO 758 .-Si no hubiere pacto en contrario, los gastos de entrega son a cargo del vendedor; los de transporte y recibo corresponden al comprador.
Ver articulos: 755 - 756 - 757 - 758 - 759 - 760 - 761 -
Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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