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Código Civil de Paraguay >>

LIBRO TERCERO - DE LOS CONTRATOS Y DE OTRAS FUENTES DE OBLIGACIONES >>

TITULO II - DE LOS CONTRATOS EN PARTICULAR >>

CAPITULO I - DE LA COMPRAVENTA >

SECCION IV - DE LAS OBLIGACIONES DEL COMPRADOR Y DEL VENDEDOR >>


ARTICULO 758 .-Si no hubiere pacto en contrario, los gastos de entrega son a cargo del vendedor; los de transporte y recibo corresponden al comprador.


Ver articulos: 755 - 756 - 757 - 758 - 759 - 760 - 761 -

Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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