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LIBRO TERCERO - DE LOS CONTRATOS Y DE OTRAS FUENTES DE OBLIGACIONES >>

TITULO II - DE LOS CONTRATOS EN PARTICULAR >>

CAPITULO XI - DE LA SOCIEDAD >

SECCION III - DE LA SOCIEDAD COLECTIVA >>


ARTICULO 1028 .-El acto constitutivo de la sociedad debe indicar:
a) el nombre y domicilio de los socios; b) la razón social; c) los socios que tienen la administración y la representación de la sociedad; d) el domicilio de la sociedad y de sus sucursales; e) el objeto de la sociedad; f) las aportaciones a que están obligados los socios industriales; g) las normas según las cuales se deben distribuir las utilidades y la cuota de cada socio en ellas y en las pérdidas; e h) la duración de la sociedad.


Ver articulos: 1025 - 1026 - 1027 - 1028 - 1029 - 1030 - 1031 -

Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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