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LIBRO CUARTO - DERECHOS REALES >>

TITULO VI - Conjuntos inmobiliarios >>

CAPITULO 1 - Conjuntos inmobiliarios >

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ARTICULO 2073.-Concepto. Son conjuntos inmobiliarios los clubes de campo, barrios cerrados o privados, parques industriales, empresariales o náuticos, o cualquier otro emprendimiento urbanístico independientemente del destino de vivienda permanente o temporaria, laboral, comercial o empresarial que tenga, comprendidos asimismo aquellos que contemplan usos mixtos, con arreglo a lo dispuesto en las normas administrativas locales. Art.2073 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2073

Ver articulos:
Art. 2070 [Contratos anteriores a la constitución de la propiedad horizontal]
Art. 2071 [Seguro obligatorio]
Art. 2072 [Exclusiones]
Art. 2073 [Concepto]
Art. 2074 [Características]
Art. 2075 [Marco legal]
Art. 2076 [Cosas y partes necesariamente comunes]



El articulo-2073, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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